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Seamos claros sobre las consultas

(Publicado por Siglo Veintiuno, mayo de 2012)

Al grano

Eduardo Mayora Alvarado

emayora@siglo21.com.gt

Seamos claros, por lo menos

Los acontecimientos de Santa Cruz Barillas han puesto de relieve hasta qué punto se ha confundido a la opinión pública sobre la naturaleza del problema existente.

En primer lugar, es mentira que el Convenio 169 de la OIT no se observe o aplique en Guatemala. Cuando dicho tratado fue aprobado por el Congreso se dejó hecha la salvedad de que se incorporaba al derecho patrio sujeto a las disposiciones de la Constitución de la República. Cada ciudadano, lego o letrado, interesado o no, puede tener una opinión sobre cuáles sean las implicaciones de esa salvedad; empero, por el momento la Corte de Constitucionalidad ha interpretado esa aprobación y las reglas del propio Convenio, a la luz de las normas constitucionales, negándole efectos vinculantes a las consultas populares que el mismo contempla.

Por consiguiente, en la jurisdicción de esta república, sí se aplica el Convenio 169 pero, en materia de consultas populares, sin atribuírseles efectos vinculantes. De ahí deriva una consecuencia muy importante: la falta de acuerdo de los vecinos o comuneros consultados sobre la instalación de una mina o de una hidroeléctrica, no afecta ni puede limitar los derechos que los emprendedores tengan bajo las licencias que les hayan sido otorgadas por los órganos competentes del Estado y bajo sus leyes.

De ahí que cuando un grupo de ciudadanos, manipulado o no, mayoritario o no, toma medidas de hecho en contra de los titulares de esas licencias y derechos con base en los resultados de una consulta popular, simple y sencillamente ese grupo está actuando fuera de la Ley. Si, además, esas medidas de hecho involucran coacciones, intimidaciones o violencia física, ese grupo de ciudadanos comete un delito.

Por último, ante la violación de los derechos de cualquier persona los órganos del Estado deben actuar para evitarlo. Esa es una de las funciones principales del Estado y, si para garantizar los derechos de los afectados y para mantener la paz y el orden –otra de las funciones principales del Estado—es necesario recurrir a un estado de excepción, como lo es el estado de sitio, contemplado por la Constitución y las leyes, así debe procederse.

Por supuesto, cualquier ciudadano puede cuestionar si la medida se justifica o no, si la medida es o no conveniente, etcétera. Pero para decidirlo están los órganos competentes del Estado y, por supuesto, si la Corte de Constitucionalidad encontrara que por algún motivo probado el decreto respectivo supone un exceso de poder contrario a la Constitución o a los derechos que de sus normas se derivan, pues así ha de declararlo. Mientras no lo hiciera, el estado de sitio decretado es jurídicamente válido.

Debemos ser claros también en esto: en el mundo hay dos tipos de regímenes jurídico-políticos. Uno, en el que impera el derecho; otro, en el que impera la voluntad arbitraria de una o de un grupo de personas. Los países que han progresado, superando la desnutrición, la pobreza, la enfermedad, la ignorancia y otras lacras sociales, son los que hacen realidad el ideal del imperio del derecho.

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Comentarios (13)

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Domingo Huertos· hace 13 horas

Se necesita un trabajo de información constante y a todos los niveles y sectores de la sociedad, pasando por los medios de comunicación, las dependencias gubernamentales, los cuarteles del ejército, de la policía, comercios, vallas publicitarias, etc., advirtiendo a los grupos comunales que no están protegidos por la ley; que deben primero hacer presión para que la ley cambie, tanto en lo referente a consultas populares, como a
la protección de sus propiedades contra todo intento arbitrario de despojárselas.

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ceggenu9p· hace 12 horas

Clarísimo como el agua. Pero mas de alguno empezara con la discriminación, los derechos ancestrales y la carabina de Ambrosio, para seguir manipulando y jalar agua a su molino.

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David Guevara· hace 11 horas

El Lic. Mayora ha tocado bien el punto. ¿Queremos que prevalezca la Ley, o el gobierno por medio de consultas? Si las consultas no crean derecho, ni son vinculantes, los grupos que las promueven deberían ser honestos con sus correligionarios o seguidores. Esa no es la vía, deberían propugnar por cambiar la Ley. Aunque para ello también tenemos derecho de opinión el resto de la ciudadanía. Los recursos naturales son del Estado, el mismo se gobierna por tres poderes, electos democráticamente y de acuerdo a la ley. Concuerdo con el Lic. Mayora, debemos decir ¿Qué tipo de regimen-político queremos? ¿El de derecho o el de voluntad arbitraria de grupos de presión? Yo me apunto con el primero.

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Sergio Samayoa· hace 11 horas

Todo va al mismo punto: educación. Si los mismos futuros maestros ni siquiera saben como se escribe «majisterio» (lo pongo como lo escribieron), ¿a que hora va a haber un poco de educación acerca de la constitución?
A muchos les conviene que la gente siga siendo ignorante.

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Gilberto Lòpez· hace 8 horas

Yo no se como reaccionaria si alguien proyecta instalar una hidroelectrica en el rio del que yo tomo agua para los servicios o aùn para beberla, o si alguien proyecta la explotaciòn minera entre los ocho arbolitos que hay en el parque de atras de mi casa. El Secreto es estimado Doctor Mayora Costo – Beneficio,

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Carlos E. Urrutia R.· hace 8 horas

O sea que en Guatemala sí se aplica el convenio 169 de la OIT y sí se hacen las consultas populares, pero no importa si la gente por mayoría responde que NO quiere ni minas ni hidroeléctricas bajo los parámetros de expolio al país en que se hacen, porque no son vinculantes los resultados de la encuesta.
Ese jueguito no es el que los guatemaltecos (el pueblo, pues) jugamos, ese es el jueguito de ustedes.

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Raul Q· hace 6 horas

Le preguntaria a don Gilberto. La pregunta es… Ese rio y esos arbolitos son suyos? Si lo son, haga con ellos lo que quiera… Si con ese rio podemos beneficiar con energia electrica de bajo costo a todo el pais, deberia de prevalecer el bien comun.

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reyes2011· hace 6 horas

osea que la tal ley no sirve para nada,,es solo una trampa para que los incautos caigan ,valla conciencia con la que redactan las leyes,,se nesecita un cambio radical, tirar todo a la basura sino un CHAVEZ al menos como la presidente de ARGENTINA, mandar al diablo a vende PATRIAS y explotadores,,

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José E. Benítez· hace 5 horas

Pero se le olvidó investigar, o decirlo si lo hizo, que la comunidad se manifestó en 2007 en contra la instalación de hidroeléctricas o minas en su territorio. Los españoles lo sabían, pero como cuentan con la complicidad del gobierno no les importó. No es como en la tierra de ellos donde la participación de la sociedad en proyectos de esa categoría pasan por un tamiz social muy importante. El convenio de la OIT no tiene validez a la hora de someterlo ante la CC, todo se ha hecho a espaldas del pueblo.

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Roberto Molina· hace 5 horas

Desgraciadamente lo que le hace falta a los grupos contestatarios es claridad mental, cuanto mayor caos, mejor la buruca. Por eso es que se comportan falazmente ; la desinformación, coacción y mentiras son sus mejores armas.-

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ernesto segura· hace 4 horas

Estoy de acuerdo con ud. sr. Raul Q., si ese fuera el caso. Pero, le voy a dar un unico ejemplo, en donde los poderosos hacen con la ley lo que les viene en gana, importandoles nada el bien comun. El invierno pasado hubo un derrumbe en carretera interamericana, el cual cobro un buen # de vidas humanas. La opinion publica inmediatamente se pronuncio en que la constructora era responsable del percance, pues el talud no tenia el angulo necesario y tampoco se habian construido terrazas. Lo que definitivamente habria prevenido la muerte de personas humildes y de campesinos. Cuando se entrevisto al encargado de la construccion el ingeniero fulano de tal (no recuerdo su nombre) este manifesto que el estaba de acuerdo en que la carretera estaba mal dise~ada, pero, que se debia a la intransigencia de los finqueros ya que estos no fueron capaces de ceder un solo centimetro; para que se construyera el respectivo talud. Lo que habria cambiado la suerte de las personas que le he mencionado. LE PREGUNTO: PREVALECIO EL BIEN COMUN????

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Raul Q.· hace 2 horas

Don Ernesto, ahi tampoco prevalecio el bien comun, y yo no podria defender a ese finquero. Pero si es valido tomar errores de otras personas para justificar los propios creo que vamos con la premisa equivocada. Si asi es la cosa, entonces mejor no paguemos impuestos, porque hay politicos corruptos, no paguemos multas de transito porque hay algunos agentes que no hacen bien su trabajo, que ningun delincuente vaya a la carcel porque hay algunos policias o jueces corruptos. Jamas es bueno generalizar, hay que analizar cada caso segun sus propias caracteristicas y tomando en cuenta que todos debemos ser iguales ante la ley..

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Luis Angel S· hace 2 horas

Al final un columnista con criterio y conocimiento sobre el tema. Todos los anteriores se dieron el lujo de escribir porque lo escucharon en otro medio sin investigar nada. Felicidades sr Eduardo mayora, columnas como la que ha escrito que pueden educar e informar a la vez son las que a diario se necesitan. En siglo 21 hay una cantidad enorme de columnistas y por lo mismo muchos de ellos caen a lo ridiculo, adivinado que escribir a ver si pega el articulo, al igual que los diputados que deben reducirse, siglo 21 debe reducir sus columnistas para que diariamente tengamos temas de calidad como el suyo sr Eduarado. En hora buena felicidades.

Publicado enJurídicosPolítica

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