(Publicado por Siglo 21 en septiembre 2012)
El pasado 17 de septiembre el Crédito Hipotecario Nacional publicó una lista de lotes, casas y de otros activos para venderlos en pública subasta y recuperar así lo que pueda de los préstamos otorgados con garantía de dichos bienes. Del listado total, unos veinte ítems eran lotes o terrenos y, de esos, unos doce contenían expresiones como las siguientes: «SIN POSESIÓN», «invadida por una comunidad» o «invadida por comunidades campesinas».
Esa publicación refleja una problemática muy delicada. En el fondo, exhibe un proceso en el que, primero, una institución bancaria ha confiado en la validez y eficacia de los derechos de propiedad de varias personas, lo suficiente como para darles un préstamo. No solamente ha confiado en los dueños de esos bienes sino en instituciones como el Registro de la Propiedad, la Policía, los juzgados y el respeto al derecho ajeno, parafraseando al célebre Juárez. Suponiendo buena fe de parte de los deudores, ellos también han confiado en dichas instituciones y por eso han asumido las correspondientes deudas.
Los ahorristas han confiado, igualmente, en la funcionalidad de esas instituciones pues, de otro modo, no hubieran entregado al banco sus ahorros y el propio Banco de Guatemala, como prestamista de última instancia, se suma los que han puesto su fe en esas y otras instituciones auxiliares de la justicia.
El segundo paso del proceso a que me refiero se ha materializado en una usurpación de los derechos de los deudores y, como acreedor garantizado, también del banco. En tercer lugar, como consecuencia de esa usurpación o relacionada con ella de algún modo, se han incumplido las obligaciones bancarias. Lamentablemente, para completar el cuadro, ninguna de las instituciones mencionadas ha servido para hacer valer o reivindicar los derechos usurpados y, como resultado final, al banco le será imposible recuperar el total de lo adeudado pues, ¿quién va a ofrecer en la subasta un precio de mercado por un inmueble invadido?
Los derechos de propiedad usurpados, de haberse hecho valer, hubiesen protegido a los deudores, al banco, a los ahorristas, al sistema bancario en su conjunto y, en definitiva, a la sociedad toda. Esas usurpaciones no solamente causan las pérdidas notorias e inmediatas sino que además inciden en que el costo del crédito bancario aumente en todo el mercado financiero, al cual, además, van poniendo en peligro sistémico usurpación a usurpación. Tanto el banco directamente afectado como sus competidores tendrán que reflejar en sus tasas de interés, hacia el futuro, los riesgos que este tipo de fallas institucionales conllevan. Todos, sin excepción, pagaremos por esas fallas y nuestros ahorros estarán menos seguros.
Pero, ¿por qué se estiman menos valiosos los derechos de los directamente afectados por este tipo violaciones legales que las necesidades o reivindicaciones de los invasores? Creo que eso se debe a que se piensa que ellos encarnan el interés general y que la víctima es un individuo. Empero, la cosa es al revés: los invasores son unos cuantos que, violando la ley, causan pérdidas y empobrecen a toda la sociedad, que es la mayor expresión del interés general.
Eduardo Mayora Alvarado.
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