En un reciente intercambio por Twitter me he dado cuenta de que hay mucha confusión sobre qué significa privatizar un servicio, actividad o institución públicos y sobre las condiciones de las cuales depende la prestación de un servicio eficiente, ya sea financiado directamente por sus usuarios o por el Estado.
Es importante tener presente que hay diversas teorías sobre los servicios públicos. Uno puede ser persuadido por los argumentos de una u otra teoría y cada quién es libre de formarse una opinión sobre el particular. Por otro lado, hay posiciones ideológicas sobre este tema también. No se trata aquí de formulaciones argumentativas para demostrar qué es más eficiente, sino de un conjunto de creencias y convicciones sobre cómo debe organizarse la vida social. Lo normal es que haya una cierta convergencia entre las teorías que una persona estima válidas y su ideología.
Por ejemplo, una persona puede estar convencida de que todos los habitantes deben poder tener acceso a ciertos servicios de salud independientemente de que pueda o no pagar lo que cueste brindarlos. Una convicción tal conlleva, necesariamente, que esos servicios sean financiados por la colectividad de los habitantes por medio de contribuciones obligatorias o de impuestos, pero no implica que, además, esos servicios sean prestados por una administración pública, como el MSPAS.
Una persona puede estar convencida de lo contrario; es decir, de que cada persona deba cubrir el coste de los servicios de salud que consuma, adquiriendo un seguro de gastos médicos o de cualquier otra forma. Esta modalidad va acompañada, general pero no necesariamente, de la prestación de los servicios por empresas u organizaciones privadas; sin embargo, aunque no ocurra de ordinario, uno puede perfectamente concebir que una entidad u órgano estatal administre un hospital o centro de salud que cobre por los servicios que preste.
Una privatización ocurre, entonces, cuando un servicio que ha sido financiado por el Estado u otro ente público deja de sufragado con cargo a algún presupuesto público y, de ahí en adelante, su consumo se cubre pagando cada usuario un precio por el consumo del servicio, que, además, puede prestar en el marco de un mercado competitivo cualquier empresa que cumpla con los requisitos legales y regulatorios aplicables.
Esto es muy diferente de cuando un servicio público deja de prestarse por una administración pública y pasa a prestarse por una empresa privada. Uno puede pensar en la expedición de pasaportes o de licencias de conducir, por ejemplo. Antes, era una administración pública la que prestaba materialmente el servicio, ahora, es una empresa concesionaria del servicio. Pero éste no se ha privatizado porque ningún otro proveedor puede expedir los documentos ofreciendo un mejor precio u otras condiciones en un mercado en competencia.
Así, los servicios públicos de salud, de educación, de sanidad, etcétera, no dejan de serlo por el hecho de que sus prestadores materiales fueran empresas u organizaciones privadas. En este caso, la cuestión
clave es si, con el mismo presupuesto estatal, pudiera lograrse, por medio de prestadores privados, una mayor y mejor cobertura que por medio de prestadores en manos de administraciones públicas. Y, en ese sentido, la realidad demuestra que ni los servicios de salud ni los de educación –entre otros—pueden prestarse exclusivamente por administraciones estatales o públicas. Si un hospital general en manos de una empresa privada prestara más y mejores servicios de salud con el mismo presupuesto ¿qué razón pudiera justificar que se siga prestando por una administración pública?
Eduardo Mayora Alvarado
Ciudad de Guatemala, 6 de marzo de 2022
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