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Una renuncia insoslayable

Es imposible, me parece, pasar por desapercibida la renuncia de la juez Erika Aifán. Según una noticia reciente, con ella ascienden a quince los ex funcionarios judiciales o fiscales que están ahora en el exilio, protegidos por el asilo de otro Estado. La historia, empero, comienza décadas atrás. La Constitución Política de la República de 1985 modificó de manera significativa la elección de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y de otros tribunales colegiados y esa diferencia se acentuó con la reforma constitucional de 1993.

En la Constitución de 1965 correspondía directamente al Congreso de la República la elección de esos cargos; sin embargo, los magistrados propietarios que fueren reelectos después de haber servido dos períodos completos de cuatro años devenían inamovibles hasta la edad de setenta años, cuando debían ser jubilados.

Si el régimen constitucional de aquel entonces y su desarrollo legislativo hubiesen dado buenos frutos, no se hubiera considerado necesario por los constituyentes de 1984-1985 modificar el sistema; sin embargo, así fue. Y, cuando la crisis de 1993 tampoco hubiese habido respaldo popular para reformar un régimen de apenas ocho años de vida. Pero así se hizo.

Así pues, la sociedad guatemalteca y sus élites han sido conscientes, por décadas, de que sus instituciones de justicia no marchan bien. Muchos hay que opinan que es “cuestión del carácter de los responsables”, “de personas y no de sistemas”. ¿Quién pudiera negar que el carácter de una o de un juez no es un factor importante en el ejercicio de sus funciones? Y, sin embargo, las reglas de la Constitución y de las leyes no pueden dictarse con la expectativa de que, si se hicieran cumplir por personas excelsas y heroicas, darían buen resultado.

Mirar las cosas de ese modo es un error. Ya el padre de la Constitución de los Estados Unidos, James Madison, acuñó aquella reflexión de que si los hombres fueran ángeles no haría falta el gobierno. Las reglas jurídicas deben dictarse teniendo en cuenta la naturaleza humana como es. A la mujer y al hombre medio, por así decirlo.

Durante el transcurso de más de medio siglo el sistema de justicia del país no ha estado a la altura de los desafíos que esta sociedad y el Estado han enfrentado. Eso se debe, en buena parte, a que las reglas que se han dictado para organizarlo y regir su funcionamiento carecen de realismo. No regulan las condiciones capaces de crear una esfera inexpugnable de independencia dentro de la cual puedan ejercer sus funciones los jueces y magistrados, los fiscales, los defensores de oficio, los abogados, etcétera.

Y durante ese más de medio siglo, como quizás nunca antes en la historia de la República, era imperativo contar con una justicia independiente. La ciudadanía sufrió una tremenda polarización ideológica que llegó a la violencia fratricida durante el conflicto armado interno y, de otra manera menos violenta pero no menos perniciosa, esa polarización impregna, una vez más, todos los estamentos y sectores de la sociedad guatemalteca.

Me pregunto, ¿qué más tiene que pasar hasta que las élites de todos los sectores sociales y políticos reconozcan la necesidad de un sistema de justicia independiente? ¿A qué tenemos que esperar para promulgar normas constitucionales basadas en la realidad de la naturaleza humana? ¿Cuándo

llegará esa situación ideal para hacer la reforma constitucional que, finalmente, dé a la ciudadanía una justicia independiente? Una justicia independiente a la que tiene derecho, porque, sin ella, sus demás derechos carecen de respaldo.

 

Eduardo Mayora Alvarado

Ciudad de Guatemala 22 de marzo de 2022.

Publicado enArtículos de PrensaJusticia

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