Desde muy temprano todo estudiante de derecho aprende que una denuncia penal no debe tomarse a la ligera. Como en otros aspectos del ordenamiento jurídico, en éste de la denuncia de la posible comisión de un delito se presenta la distinción fundamental entre el uso y el abuso del derecho. La doctrina de los tribunales debiera deslindar las características de una actitud legítima al denunciar la posible comisión de un delito, distinguiéndolas de las que configuran el abuso de un derecho.
Traigo a colación estos comentarios a propósito de la denuncia penal de la UNE y su solicitud al MP para que investigue lo relativo a los sistemas informáticos empleados por el TSE para el conteo de los votos de la segunda vuelta para la elección de presidente y vicepresidente de la república. Según este mismo diario, la UNE afirma que “en los análisis realizados por el equipo de técnicos informáticos, fiscales municipales y fiscales de mesa de la agrupación política… se ha podido observar que existen muchas incongruencias, contradicciones y sobre todo variación de datos que evidencian irregularidades…” (edición del 26 de agosto de 2023).
Quisiera yo pensar que la UNE verdaderamente cuenta con algo sustancial como para hacer ese tipo de afirmaciones sin explicar en qué consisten, pues, de la credibilidad de la ciudadanía en los procesos electorales del Estado, sobre todo para la elección del jefe del Estado y presidente de la república, dependen la legitimidad de las autoridades públicas, la gobernabilidad y la pertenencia de Guatemala al concierto de las naciones civilizadas.
Dicho de otra forma, nadie debe tener la facultad poner en tela de juicio la validez de un proceso electoral por los cauces de una denuncia penal, es decir, dando a entender que el propio Tribunal Supremo Electoral ha obrado con la deliberada intención de falsear los resultados electorales, a menos que tenga indicios fehacientes, sólidos e inequívocos de que tal es el caso.
En las presentes circunstancias tan temerarias afirmaciones se vierten respecto de un proceso respecto del cual los fiscales de la UNE tuvieron acceso irrestricto a todos los recursos legales propios del proceso electoral regulados por la ley de la materia y para cuyo conocimiento y resolución la LEPP ha estatuido órganos administrativos y de justicia electoral con las competencias necesarias para conocer de las objeciones, señalamientos o impugnaciones que cupiera plantear. En lugar de eso, es decir, de haber acudido a los cauces que la Constitución y las normas en materia electoral prevén para la depuración de cualquier proceso electoral, se acude a la justicia penal.
Como si eso fuera poco, los hechos afirmados se estrellan en contra de un cúmulo de opiniones y datos publicados por organizaciones independientes. En efecto, todas las misiones de observación del proceso electoral han coincidido en que el mismo se realizó de manera ordenada, transparente y pacífica y las encuestas llevadas a cabo por empresas dignas de crédito se reflejaron en los resultados electorales.
Los ciudadanos de este país merecen que los funcionarios responsables de la conducción de sus instituciones interpreten y apliquen las reglas de la Constitución y las leyes de la república con razonabilidad, con rectitud y en orden a realizar los valores de la justicia, la seguridad jurídica, la libertad y el bien común. Hago votos porque, al conocer los órganos competentes de esta denuncia así procedan, sobre todo, por respeto a esos valores y a los más de cuatro millones de ciudadanos que cumplieron el pasado 20 de agosto con sus deberes cívicos.
Eduardo Mayora Alvarado.
Cairo, 27 de agosto de 2023.
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