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800 + días de prisión. ¿Qué significa eso?

 

Cuando escribía esto, las noticias eran que el periodista José Rubén Zamora Marroquín recobraba su libertad bajo un arresto domiciliario habiendo pasado más de ochocientos días en prisión, sin que se haya llegado a una sentencia en el proceso, ni mucho menos.

Al paso del tiempo desde que fue decretada su prisión preventiva, José Rubén Zamora ha contado con el respaldo de incontables personas e instituciones, tanto en Guatemala como en el extranjero. Ni más ni menos que la Organización de las Naciones Unidas, por conducto de la ACNUDH; la Organización de Estados Americanos, la Sociedad Interamericana de Prensa, las principales organizaciones promotoras del respeto a los derechos humanos, la Asociación de Periodistas de Guatemala, para no citar sino unas cuantas, han abogado porque se respeten sus derechos fundamentales, porque cese la condición de prisionero a la que quedó sometido, porque su caso se gestione de acuerdo con los tratados en materia de derechos humanos ratificados por Guatemala y. sin embargo, han pasado más de ochocientos días.

Y es que José Rubén Zamora Marroquín ha sido uno de los periodistas de mayor relieve de las últimas tres o cuatro décadas en Guatemala y en la región. Fue presidente de elPeriódico que, como él en lo personal, fue distinguido con numerosos galardones y menciones en materia de periodismo de investigación, entre otros aspectos de esta actividad fundamental para que una sociedad abierta pueda considerarse tal.

Es un caso en el que una personalidad de relieve público en una actividad medular para la vigencia de la democracia ha enfrentado acusaciones del Ministerio Público de Guatemala y, a pesar de todo lo dicho, los órganos de justicia del Estado no han sido capaces –o no han tenido la voluntad—de conducir un proceso penal en que en un plazo razonable se dilucidara su responsabilidad penal sobre los hechos que se le reprochan.

La Constitución ordena que todo detenido sea puesto a disposición de la autoridad judicial competente en un plazo que no exceda de seis horas pues, evidentemente, tras esa regla está la idea de que la libertad personal es un valor supremo y merece, por consiguiente, la mayor protección posible. Esa protección se pone en manos de un juez. Pero, como este caso pone de relieve con dramática crudeza, los jueces no significaron ninguna diferencia.

Pero, ¿qué expectativas puede forjarse un ciudadano común y corriente de verse sujeto a un proceso penal en el que sea privado de su libertad con base en un auto de prisión preventiva? En un estudio del CIEN (La Prisión Preventiva en Guatemala, 2018, P. 55) se indica que un proceso penal dura en promedio 918 días, que las normas permiten la prórroga indefinida de la prisión preventiva y que 40% o más de los procesados llevan dos años o más privados así de su libertad. Un estudio auspiciado por la cooperación alemana y realizado por la CICIG, la USAC y la URL (El sistema de justicia penal en Guatemala. Un proyecto aún en progreso. Pág. 33) coincide exactamente en cuanto a la duración del proceso penal y añade que “de este número de días calendario, solo se computa como tiempo efectivo de audiencia un reducido número de días, 15 a 25 días efectivos de audiencias. Esto significa que el 96% del proceso penal corresponde a tiempos muertos o de inactividad procesal”. Durante esos “tiempos muertos” miles de personas están privados de libertad.

Creo que José Rubén Zamora Marroquín ha sufrido una enorme injusticia y que sus derechos fundamentales han sido despreciados de una manera inaceptable por la justicia de este país. Su caso, sin embargo, se suma al de literalmente miles de personas cuyas vidas son destruidas por un sistema colapsado que no puede ya llamarse “de justicia”, porque sus frutos, para miles de personas, son más bien de todo lo contrario.

 

Eduardo Mayora Alvarado.

Ciudad de Guatemala, 22 de octubre de 2024.

Publicado enArtículos de PrensaJusticia

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