En algunas ocasiones me he referido a este tema de las expropiaciones. En la mayor parte del mundo no tendría nada de especial y, en algunos países y ciudades es una actividad bastante común de las administraciones públicas locales, regionales o nacionales. Pero, en Guatemala, no. Aquí, sobre todo a partir del Decreto 900, con base en el que en el gobierno de Jacobo Árbenz se realizaron las expropiaciones de la reforma agraria, la idea de una expropiación se ha entendido como algo malo, ideológicamente motivado o como una especie de maldición.
Y es que, según creo, la inmensa mayoría de empresarios o de finqueros y propietarios de inmuebles, presuponen que una expropiación redunda, siempre, en una pérdida patrimonial. Se piensa en que el ente con poder expropiatorio no pagará el valor de mercado del bien expropiado, por mucho que así lo mande la Constitución.
En ese análisis, me parece, está la idea de que los funcionarios que promuevan la expropiación procurarán pagar lo menos posible. No tanto porque eso les beneficie personalmente, sino porque necesitan que la obra que sea que vayan a realizar esté dentro de la suma presupuestada para su ejecución. No se tiene, en general, idea clara de que los presupuestos preparados por las administraciones públicas sean muy exactos y, bueno, fenómenos como el de la corrupción añaden complejidad al problema.
Ahora bien, una normativa del instituto jurídico y económico de la expropiación que no prevea medios para remediar incentivos contrarios al justiprecio de mercado o errores presupuestarios sería, por así decirlo, “peculiar”. Me refiero a que la médula de una ley reglamentaria de los procedimientos de expropiación por utilidad colectiva se enfoca, principalmente, en eso: que se pague una indemnización previa, en moneda de curso legal y a precio de mercado.
Creo que esto, en la actualidad, es algo crítico. El hecho de que el país entero sea una suerte de laberinto por el que uno circula por su cuenta y riesgo está directamente relacionado con esa mentalidad que se tiene de las expropiaciones.
Tanto en la capital de la república como en las carreteras del país y en muchas ciudades por las que cruzan carreteras principales, las soluciones técnicamente
indicadas requieren de una o más expropiaciones. Sin eso, el colapso del tránsito –y por consiguiente de la economía—es cuestión de tiempo.
Soy de opinión que el gobierno debiera convocar a una comisión multisectorial que, contando con el apoyo de expertos internacionales, revisara la ley de la materia y propusiera normas técnicamente adecuadas, principalmente, en todo lo que concierne al pago efectivo de una indemnización a precios de mercado.
En muchos países los proyectos viales integran un “paquete” en el cual se desarrollan o amplían vías paralelas, una sin obligación de pagar un peaje y otra en la que sí se carga un precio por transitar en ella. De esa manera, quienes no tengan prisa, es decir, para quienes no sea costoso el tiempo que tome circular por la vía gratuita tienen esa opción y para quienes sí es económicamente rentable contar con una alternativa pagada, la tienen a disposición.
Pero esos paquetes no son viables a menos que existan los derechos de vía y las áreas para distribuidores de tráfico, pasos elevados o lo que fuera necesario. Es un tema de utilidad pública y de beneficio para toda la colectividad, claro está, sujeto a la condición de que las personas expropiadas no sufran una pérdida patrimonial.
Eduardo Mayora Alvarado
Ciudad de Guatemala 6 de noviembre de 2024.
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